Esta guía explica, con la ley en la mano, qué rubros suelen integrar la indemnización por despido sin causa y cómo se calcula cada uno. No reemplaza la revisión de un abogado: hay convenios, estatutos especiales y situaciones (embarazo, matrimonio, representación gremial, trabajo no registrado) que cambian el resultado.
Qué rubros podría incluir tu liquidación
| Rubro | Qué es |
|---|---|
| Indemnización por antigüedad | 1 mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor de 3 meses |
| Preaviso omitido | 1 mes si tenés hasta 5 años de antigüedad, 2 meses si tenés más |
| Integración del mes de despido | Los días que faltaban para terminar el mes, si no hubo preaviso |
| Días trabajados del mes | El sueldo de los días que trabajaste hasta el despido |
| Aguinaldo (SAC) proporcional | La doceava parte de lo cobrado en el semestre |
| Vacaciones no gozadas | La parte proporcional del año trabajado |
Cómo se calcula la indemnización por antigüedad desde la reforma 2026
La reforma laboral de 2026 cambió la forma de calcularla. Según las normas vigentes:
- Base: la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año (o durante todo el tiempo trabajado, si fue menos de un año).
- Qué no entra en la base: los pagos que no son mensuales, como el aguinaldo, las vacaciones o los premios que no se pagan todos los meses.
- Qué es «habitual»: los conceptos que cobraste al menos seis meses en el último año calendario.
- Conceptos variables (horas extra, comisiones, premios mensuales): se toma el promedio de los últimos seis meses, o del último año si te resulta más favorable.
- Tope: la base no puede superar tres veces el salario promedio del convenio colectivo aplicable. Pero el tope nunca puede reducir la base por debajo del 67 % de tu remuneración mensual, normal y habitual.
- Mínimo: la indemnización no puede ser inferior a un mes de sueldo.
Cada caso se calcula distinto: depende de tu sueldo, de tu antigüedad y de si se aplica el tope. Podés hacer una estimación con la calculadora del sitio. El salario promedio del convenio que se usa para el tope se actualiza periódicamente; consultá el monto vigente en la fuente oficial.
Antes de cobrar o firmar
Conviene revisar la liquidación antes de cobrar o firmar un acuerdo. Si creés que te deben otros conceptos o que el monto está mal calculado, consultalo con un abogado antes de firmar.
Preaviso e integración del mes
El empleador tiene que avisarte el despido con un mes de anticipación si tenés hasta cinco años de antigüedad, o con dos meses si tenés más. Durante el período de prueba no hay preaviso. Si no te lo dio, debe pagarte una indemnización sustitutiva equivalente al sueldo de ese plazo. Y si el despido sin preaviso no coincide con el último día del mes, se suma la integración de los días que faltaban, salvo durante el período de prueba.
Período de prueba: cuándo no hay indemnización
Los contratos por tiempo indeterminado se consideran a prueba durante los primeros seis meses. Los convenios colectivos pueden ampliarlo hasta ocho meses en empresas de 6 a 100 trabajadores, y hasta un año en empresas de hasta 5 trabajadores, según la reforma laboral de 2024. Durante ese lapso cualquiera de las partes puede terminar la relación sin indemnización por antigüedad.
Qué cambió con la reforma laboral de 2024
Para despidos posteriores a su vigencia, ya no rigen esas multas. Opciones según tu caso en tu caso, y con qué fecha de corte, requiere revisión profesional.
Actualización si tu empleador no paga
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se calcula por año trabajado?
Un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año por cada año o fracción mayor de tres meses, con el tope del convenio y un piso del 67 %, según la ley laboral vigente. Es una referencia legal: el monto real requiere revisar tu caso.
¿El aguinaldo entra en la base de la indemnización?
No. Las normas vigentes excluyen de la base los conceptos de pago no mensual, como el aguinaldo y las vacaciones.
¿Hay indemnización si estaba en período de prueba?
No la indemnización por antigüedad, pero sí los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones proporcionales.
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagarme?
La ley laboral fija plazos de pago para las indemnizaciones y la liquidación final.
¿Puedo cobrar y después reclamar la diferencia?
Depende de tu caso. Antes de cobrar o firmar, conviene que un abogado revise la liquidación.
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