Indemnización por despido sin causa en 2026: qué podría corresponderte
Qué podría corresponderte si te despiden sin causa en 2026: indemnización del art. 245 según la Ley 27.802, preaviso, integración del mes y liquidación final.
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Explicamos tus derechos con la ley vigente en 2026 (Ley de Contrato de Trabajo con los cambios de la Ley 27.742 y la Ley 27.802). Si querés, un estudio de abogados asociado puede revisar tu caso.
Guías
Guías claras, con la norma oficial enlazada y actualizadas a la reforma laboral 2026.
Qué podría corresponderte si te despiden sin causa en 2026: indemnización del art. 245 según la Ley 27.802, preaviso, integración del mes y liquidación final.
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En general, la indemnización por antigüedad (art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo), el preaviso si no te lo dieron, la integración del mes de despido y la liquidación final (días trabajados, vacaciones y aguinaldo proporcionales). Los montos dependen de tu caso: cualquier cálculo es una estimación orientativa.
La Ley 27.802 (B.O. 6/3/2026) modificó el art. 245 (base de cálculo) y el art. 276 (actualización de créditos) de la Ley de Contrato de Trabajo (arts. 51 y 54 de la Ley 27.802). Las multas de la Ley 24.013 y la Ley 25.323 ya habían sido derogadas por la Ley 27.742. Conviene revisar tu caso con la norma vigente a la fecha del despido.
Firmar el recibo acredita lo que cobraste. Por eso conviene revisar la liquidación antes de cobrar o firmar acuerdos o renuncias.
Las acciones por créditos laborales prescriben a los 2 años (art. 256 LCT). Algunos pasos tienen plazos más cortos: por ejemplo, el pago de la liquidación final vence a los 4 días hábiles de terminada la relación (arts. 128 y 255 bis LCT).
No. Es un servicio de orientación e intermediación: las guías son información general y, si dejás tus datos, un estudio de abogados asociado puede contactarte.
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